El IVA (Impuesto sobre el valor añadido)


   El I.V.A. (Impuesto sobre el valor añadido) es un impuesto indirecto que grava al comsumo. Existen dos tipos de IVA:

        IVA SOPORTADO: se aplica sobre el precio de adquisición de un producto (compra)

       IVA REPERCUTIDO: se aplica sobre el precio de venta de un producto

 

    Para determinar el precio de coste de un producto, nunca se tendrá en cuenta el impuesto del IVA, pues todo el dinero gastado en el IVA Soportado en la compra de un producto, se recupera con el dinero del IVA Repercutido de las ventas. Para la empresa, el IVA no constituye un factor decisivo en las pérdidas o beneficios de una empresa. El IVA sólo lo paga el comsumidor final.

   Existen varios tipos de IVA:

    Ordinario: 16%. Se aplica a:

    Compras y ventas en general, vehículos, embarcaciones, aviones, joyas, peletería, películas X, etc...

    Reducido: 7%. Se aplica a:

    Productos alimenticios, animales, semillas, libros, revistas, medicamentos, transportes, hostelería, viviendas, obras.

    Reducido: 4%. Se aplica a:

    Productos de alimentación que no estén manipulados (huevos, pan, leche, etc), así como viviendas de Protección Oficial.

 

Ejemplo:

 

a) Compramos mercaderías a nuestro proveedor por valor de 300.000 (+IVA). Nos lo deja a deber.

 

Cuando observamos en el enunciado de un asiento la palabra (+IVA) significa que hemos de calcular el porcentaje correspondiente al IVA. Supongamos que el tipo de IVA es del 16%. Para calcularlo podemos hacer lo siguiente:

 

        Base Imponible * 0,16 = IVA             300.000 * 0,16 = 48.000

 

El asiento sería el siguiente:

 

                    300.000 Compra de mercaderías         a          Proveedor X  348.000

                      48.000 IVA Soportado

 

Observemos que el IVA Soportado utilizado para la compra, es el IVA que nosotros pagamos por el producto. Este valor hay que situarlo a parte como una cuenta individual (IVA Soportado). En el haber colocamos el precio total que nosotros pagamos al proveedor.

 

b) Realizamos una venta de 500.000 (+ IVA) a un cliente que nos paga a través de bancos.

 

En este caso, hemos de calcular el IVA que cobraremos por la venta utilizando el mismo método. El asiento sería:

 

                        580.000 Bancos                       a                     Ventas                 500.000

                                                                                            IVA Repercutido   80.000

 

c) Vendemos por valor de 200.000 (+ IVA) y nos pagan la mitad por bancos y la otra mitad nos lo dejan a deber.

 

                        116.000 Bancos                         a                 Ventas                    200.000

                        116.000 Clientes                                           IVA Repercutido    32.000

 

d) Compramos por valor de 46.400 (IVA Incluído) y el pago lo realizamos a través de una letra

 

Nótese que ahora el IVA está incluído en el precio total del producto, por lo que deberemos "extraerlo" del mismo.

 

                    46.400 / 1,16 = 40.000 (esta es la base imponible, o precio sin IVA)

 

                        40.000 Compras                         a                 Efectos comerciales a pagar    46.400

                          6.400 IVA Soportado

Liquidación del IVA

    El IVA es un impuesto que hay que liquidar con Hacienda cada tres meses. Para realizar la liquidación hemos de calcular la diferencia entre lo que hemos vendido (IVA Repercutido) y lo que hemos pagado (IVA Soportado). Si el total del IVA Repercutido es mayor que el total del IVA Soportado, tenemos que pagar la diferencia a Hacienda. Si es al contrario... je,je, no os penseis que Hacienda va a soltar un duro... lo que ocurre es que ese IVA Soportado cuenta para el siguiente trimestre. Es lo que se llama, "a compensar".

    En nuestro ejemplo, vamos a ver cómo sería la liquidación del IVA:

    Tenemos un saldo de la cuenta de IVA Repercutido de 112.000 pts que es la suma de las cantidades de IVA Repercutido que hemos utilizado en los asientos de la página anterior. Tenemos también un saldo de  54.400 pts de IVA Soportado. El asiento de liquidación sería el siguiente:

                        112.000  IVA Repercutido             a             IVA Soportado           54.000

                                                                                        Hacienda Acreedora  58.000

    Observa que de esta forma, cerramos el saldo de las cuentas de IVA Repercutido e IVA Soportado para el siguiente trimestre, y la diferencia la tendremos que pagar a Hacienda. Hacienda Pública Acreedora es una cuenta de PASIVO que tendremos que pagar.